martes, 20 de agosto de 2013

Descartan otorgar arresto domiciliario a Fujimori

Alberto Fujimori
Al ser consultado por el pedido que hiciera la defensa del ex presidente Alberto Fujimori, el ministro de Justicia, Daniel Figallo, precisó que no es posible conceder arresto domiciliario a presos que han sido condenados con pena privativa de su libertad.
Figallo aseguró que en el reglamento penal peruano el arresto domiciliario solo se aplica como una medida preventiva, asimismo refirió que no existe ningún antecedente en el que se haya concedido este beneficio a sentenciados.
Estas declaraciones fueron corroboradas por el fiscal de la nación, José Peláez Bardales, quien sostuvo que el Código de Procedimientos Penales no permite que los sentenciados cumplan arresto domiciliario.
"En ese momento no procedería un arresto domiciliario. El abogado debe conocer que su sentenciado no puede acogerse a este pedido", refirió el fiscal de la Nación.  
Peláez consideró que ningún órgano de justicia puede declarar procedente este tipo de pedidos.

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JAIME ESPEJO ARCE