martes, 6 de agosto de 2013

150 casos de corrupción del fujimorismo han prescrito o están por prescribir

Salvado. Montesinos, en la foto con su abogada Estela Valdivia, es uno de los beneficiados con la prescripción de casos en los que está involucrado.
Desde 2001, el Congreso de la República ha tenido en sus manos por lo menos 43 proyectos de ley para consagrar la imprescriptibilidad de delitos anticorrupción o la dúplica de plazos de investigación. Ninguno ha sido aprobado.
Beatriz Jiménez
En su mensaje al país el mandatario Ollanta Humala pidió al Congreso la aprobación de la imprescriptibilidad de los delitos de corrupción y la "muerte civil" de los que cometan estos ilícitos.
Para la Procuraduría Anticorrupción, aumentar los plazos de prescripción de este  tipo de delitos es imperativo. De los 20 mil casos que acumulan en sus estanterías, muchos están a punto de prescribir.
En la actualidad, el plazo de prescripción es igual al máximo de la pena. Es decir, si un delito de peculado tiene una condena de ocho años, la prescripción es ocho años. Este plazo es, a la luz de las escasas sentencias, insuficiente. Con solo 30 fiscales en Lima, la Procuraduría no ha terminado de contabilizar cuántos casos de corrupción ya se extinguieron y cuántos están a punto de seguir el mismo destino.
El procurador anticorrupción, Julio Arbizu, detalla que al menos 150 casos de corrupción de la época del fujimontesinismo se encuentran en este saco. "El único candado que existe ahora es la Ley de Contumacia, ya que la declaratoria de reo contumaz suspende el plazo de prescripción", dijo  Arbizu, quien destaca que este "candado" ha sido aplicado por primera vez en su gestión.
Mientras la Procuraduría recuenta los procesos que están a punto de quedar impunes, recopila también los ya prescritos. Entre ellos se encuentra el caso por tráfico de influencias que se siguió en contra del magnate mediático Genaro Delgado Parker, acusado de reunirse con Vladimiro Montesinos para solicitarle hacer uso de sus influencias en el Poder Judicial. Al contar en el momento de los hechos con más de 65 años, el plazo de prescripción de este delito se redujo a la mitad y en el 2003 Delgado fue excluido del juicio.
Un destino parecido tuvieron los ejecutivos de Lucchetti, Andrónico Luksic, Fernando Pacheco y Gonzalo Menéndez, acusados de asociación ilícita para delinquir y tráfico de influencias.
Después de intentar todo tipo de recursos en tribunales anticorrupción y convertirse en prófugos de la justicia peruana, lograron en 2006 que los delitos fueran declarados prescritos. Otros emblemáticos casos también prescritos son el del manejo irregular de donaciones por parte de la ONG Apenkai o el seguido por asociación ilícita para delinquir contra los presuntos testaferros de Montesinos en la transferencia al extranjero de 30 millones de dólares a través de cuentas del Banco de Comercio.
OLVIDO INTERESADO
Países como Ecuador, Colombia y Bolivia incorporan la imprescriptibilidad en sus respectivas Constituciones. En el caso de Perú, para hacerlo sería necesario modificar el artículo 41 de la Constitución.
Desde el año 2001, el Congreso tiene en sus manos al menos 43 proyectos de ley que contemplan la modificación del mencionado artículo y declarar imprescriptibles los delitos de corrupción. También plantean modificar el Código Penal y duplicar, e incluso triplicar, los plazos de prescripción para evitar la impunidad. Ninguno de los proyectos ha sido aprobado.
El último de los rechazados fue un dictamen de la Comisión de Constitución que abogaba por la imprescriptibilidad, aprobado el 20 de septiembre de 2011 con la abstención del fujimorismo y de Alianza por el Gran Cambio. Sin embargo, el dictamen fue tumbado en el Pleno porque no alcanzó los necesarios 87 votos a favor.  
El Congresista Fredy Otárola, entonces presidente de la Comisión de Constitución, planteó una cuestión de reconsideración que hasta hoy sigue en el olvido. "La reconsideración sigue pendiente porque sigue sin tener mayoría", explica Otárola, que acusa a los partidos que han sido gobierno de querer blindar a sus líderes de cara a futuras investigaciones.
Pero ¿sería efectiva la declaratoria de imprescriptibilidad para evitar la impunidad en casos de corrupción a punto de prescribir? Los juristas difieren en torno a su carácter retroactivo.
Para el exprocurador Ronald Gamarra, sí sería aplicable a procesos en curso al considerarse una norma procesal penal. Sin embargo, para el también exprocurador José Ugaz, la imprescriptibilidad no sería retroactiva al ser una institución del derecho penal.
MUERTE CIVIL
Ante la demostrada falta de voluntad política del Congreso para aprobar la imprescriptibilidad, desde el año 2007 varios proyectos optan por la "muerte civil" (inhabilitación) de los condenados por delitos graves de corrupción, siguiendo el modelo de Colombia. Sin embargo, tampoco han sido aprobadas estas iniciativas.
El último de los proyectos  fue presentado el pasado 30 de mayo por el congresista nacionalista Juan Pari. Propone la inhabilitación definitiva de corruptos y también la creación de dos registros públicos: uno de inhabilitados y otro de deudores de reparaciones civiles.
CLAVE
Fuero externo. La Convención de la ONU contra la Corrupción, tratado del que Perú es firmante, señala que "cada Estado establecerá cuando proceda y de acuerdo a su derecho interno un plazo de prescripción amplio para iniciar procesos [...] y establecerá un plazo mayor o interrumpirá la prescripción cuando el presunto delincuente haya eludido la administración de justicia".

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JAIME ESPEJO ARCE