Alegaba supuestas condiciones carcelarias injustas.
El Tribunal Constitucional rechazó la demanda interpuesta por el ex espía chileno (de nacionalidad peruana) Víctor Ariza en contra del juez del Juzgado Militar de la FAP y eljefe del Penal de Punta Lobos.
Ariza señaló que no se le notificó respecto del traslado al citado penal ni tampoco de la ejecución de las penas accesorias de inhabilitación, degradación y expulsión así como la construcción de un locutorio que afectaría el contacto directo con su familia.
El juez emplazado indicó que el 13 de marzo de 2011 se construyó un locutorio, luego que se descubriera durante la inspección a la celda de Ariza Mendoza, una instalación clandestina de televisión, material clasificado de inteligencia, cuchillas y cables, entre otros. Añadió que el uso del locutorio será por corto tiempo, hasta una nueva evaluación del interno.
El Tribunal señaló que la presunta falta de notificación de la ejecución de las penas accesorias de privación de los grados militares, inhabilitación y expulsión del demandante, en el caso concreto, no guardan relación con una afectación negativa y concreta a la libertad individual.
Además el colegiado determinó que no hay afectación del debido derecho a la defensa, y finalmente menciona que el uso de locutorios para la comunicación de los presos está normado directamente por temas de "seguridad".
"Su aplicación, en primer lugar, no puede ser reputada de arbitraria, en tanto que puede resultar válida en atención a las particularidades del caso y la conducta desplegada por el interno", señala la sentencia.