viernes, 15 de junio de 2012

La exclusión de Salazar Monroe del caso de Barrios Altos: una más de Javier Villa Stein


El IDL expresa su indignación frente a la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) y llama la atención sobre el alto riesgo de que la Sala Penal Permanente de la Suprema falle a favor de la impunidad de Salazar Monroe. El TC, al darle un plazo a la Suprema de 30 días, no tuvo en cuenta las maniobras dilatorias de Salazar quien recusó a todos los magistrados. A eso, se suma ahora la lenta actuación de la Sala Suprema que apunta a una segunda impunidad y esta vez con el agravante de que estamos, supuestamente, en democracia.
 
 

 Autor: Programa Justicia Viva del Instituto de Defensa Legal
 
Llamaba a los jueces que llevaban casos de corrupción “acólitos del ejecutivo”, defendía a capa y espada a varios procesados por corrupción del régimen fujimorista diciendo que eran perseguidos políticos y ahora, en complicidad con el Tribunal Constitucional y los integrantes de su Sala, va a ser responsable de que un sentenciado por delitos de lesa humanidad: Julio Salazar Monroe, vaya a ser excluido de un proceso emblemático como es la matanza en Barrios Altos. 
 
El día miércoles 13 de junio, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, presidida por el juez Javier Villa Stein, anunció la existencia de una sentencia del TC que habría ordenado favorecer al jefe del Grupo Colina, Julio Salazar Monroe, excluyéndolo de su proceso. La razón, el TC de forma cuestionable determinó que a Julio Salazar Monroe se le estaba violando el derecho a ser juzgado en un plazo razonable y ordenó que esta instancia dicte sentencia en los próximos 30 días. Plazo que la Sala de Villa Stein dejó transcurrir.
 
La notificación de la sentencia del Tribunal Constitucional ocurrió el día 12 de abril de este año. Eso significa que desde ese día el presidente –Javier  Villa Stein– y los magistrados de esa sala tenían pleno conocimiento del mandato perentorio del TC y consecuentemente debían llamar a una vista de la causa de manera inmediata. Pero el hecho es que la Sala Penal Permanente recién citó a la partes la vista de causa el 31 de mayo de 2012, es decir, aproximadamente 50 días después de haber conocido del mandato del TC. La fecha que señaló fue el 13 de Junio al medio día. Por eso, el 13 de junio, la defensa del condenado Salazar Monroe no hizo más que exigir que la Suprema de cumplimiento a la sentencia del TC porque ésta surtió efectos a partir del 12 de mayo de este año, fecha en la que se cumplieron los 30 días concedidos a la Corte Suprema.
 
Lo ocurrido en esta causa es increíble, más aun teniendo en cuenta que la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en su sentencia por el caso Barrios Altos, ordenó investigar a profundidad lo sucedido y juzgar a todos aquellos implicados.
 
Por lo dicho, esta actuación sumamente cuestionable, es una perla más del magistrado Javier Villa Stein, quien cuenta con una serie de lamentables fallos a favor de la impunidad a lo largo de los casi 10 años como vocal supremo.
 
Por ejemplo: 1) Votó por declarar firme la resolución de la Sala Penal de delitos tributarios y aduaneros (creada por Montesinos), que señalaba que la falsificación de un millón de firmas de Perú 2000 no era delito; 2) Señaló que la sentencia impuesta a Absalón Vásquez, Hurtado Miller y otros, era nula, por lo tanto se tenía que hacer de nuevo el juicio; 3) Pasó el caso de Dionisio Romero de la 1ra Sala Superior Anticorrupción a la 3ra Sala Superior Anticorrupción (la llamada Sala VIP); 4) Otorgó la semilibertad a un ex-congresista, aplicando una ley derogada y desacatando la sentencia vinculante del Tribunal Constitucional, entre otros. (Ver: Lucha anticorrupción: urgente necesidad de enmienda, Justicia Viva, 2005).
 
Además de ello, este cuestionable magistrado estratégicamente olvidó que en el año 2006, al ser nuevamente interpelado por sus vínculos con el fujimorismo, debido a que se hizo público que su hijo trabajó con el conocido abogado César Nakasaki y era el asesor de su socio, el entonces congresista Rolando Souza, señaló explícitamente que "… si alguno de los casos [en los que participa Nakasaki] tuviera que ser visto por mí, yo declinaría mi participación en ese proceso. Ese es el procedimiento, no tiene por qué prestarse a suspicacias" (Ver: La República, 21/11/2006); y estratégicamente los integrantes del grupo Colina, en la avalancha de recusaciones presentadas contra los integrantes de la Sala Penal Especial, jamás pidieron la recusación de Villa Stein.
 
Lo que va a ocurrir en el caso Barrios Altos es indignante, pero no sorprendente ¿cómo va a extrañar que Villa Stein falle a favor de la impunidad de Salazar Monroe? Exigimos que la Sala Suprema explique las razones de tamaña dilación y  que el Consejo Nacional de la Magistratura y el Ministerio Público investiguen a todos los implicados en esta irreparable demora a fin que se den las sanciones respectivas. Lo ocurrido es grave y no debe quedar impune. De lo contrario la puerta a favor de la arbitrariedad queda abierta y la confianza en la judicatura anulada.

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JAIME ESPEJO ARCE