miércoles, 15 de octubre de 2014

TU JEFE PODRÁ LEER TUS MAILS Y TODO GRACIAS A LA LEY CHÁVEZ

Artículo de Diario Gestión que debería preocuparte. Foto vía Karina Montoya (@pressgirlk)

Diego Pereira

El 24 de setiembre pasado (ajá, hace bastaaaante tiempo atrás) la Comisión de Trabajo del Congreso de la República aprobó un dictamen que NO ESTÁ publicado en la página del Congreso y que gira en torno a la posibilidad que tendrán las empresas de revisar los correos institucionales de sus empleados.
WHAAAAAAAT?
"Pido un aplaaaaauso". Foto: Perú21
Esta comisión del Congreso está presidida por la congresista fujimorista Martha Chávez, por eso es que este dictamen lleva la chapa de Ley Chávez.
El documento se filtró (acá está por si lo quieres leer) y el abogado Erick Iriarte (también entrevistado por el Diario Gestión) publicó un artículo al respecto.
Esto es lo que dice ese dictamen en su artículo 3:
Los medios informáticos en el centro de trabajo son de titularidad del empleador, independientemente de su asignación al trabajador y su uso no genera una expectativa razonable de privacidad o secreto
O sea, en concreto: como tu correo electrónico del trabajo te lo ha otorgado tu jefe, no tenemos por qué pensar que te pertenece del todo, por lo tanto puede ser revisado en cualquier momento.
“No generar expectativa razonable de privacidad o secreto” es la manera legal de decir que si veo la puerta del inodoro cerrada y tus pies asomando por debajo, no tengo por qué asumir que estás en pleno momento de introspección así que nada puede detenerme para abrirla: tu privacidad realmente no existe, sobre todo porque el baño (y su puerta) le pertenecen a la empresa.
Aún más claro: la finalidad de este dictamen (la ratio legis, como diría tu pata abogado que siempre busca una excusa para hablar en latín) va en contra de lo dispuesto por el artículo 2, inciso 10 de la Constitución Política del Perú (que es algo así como el libro de leyes máximas contra las que no se puede atentar) en el que claramente dice que tú y todos tus compatriotas tienen el derecho a:
El secreto y a la inviolabilidad de sus comunicaciones y documentos privados. Las comunicaciones, telecomunicaciones o sus instrumentos solo pueden ser abiertos, incautados, interceptados o intervenidos por mandamiento motivado de Juez, con las garantías previstas en la Ley. Se guarda secreto de los asuntos ajenos al hecho que motiva su examen. Los documentos privados obtenidos con violación de este precepto no tienen efecto legal
Esto es un derecho fundamental, lo que significa que (como te explicará tu pata abogado al que le encanta hablar en latín) es un derecho humano que protege tu dignidad, tu existencia como persona y básicamente todo aquello que hace que valga la pena ser una persona.

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JAIME ESPEJO ARCE