El viernes 15 de febrero, la Defensoría del Pueblo presentó ante el Tribunal Constitucional una demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 12 del Decreto Legislativo N° 1129, que anula el derecho fundamental de acceso a la información pública de todas las personas en el ámbito de la seguridad y defensa nacional.
En ese sentido, conviene recordar que a través del artículo 12º del Decreto Legislativo N° 1129, el Poder Ejecutivo estableció una reserva absoluta sobre toda la información referida a la Seguridad y a la Defensa Nacional; sin tener en cuenta que no toda la información que se genera o se posea en dicho ámbito es secreta, como por ejemplo las contrataciones de bienes y servicios para los sectores de Defensa e Interior.
De esta manera, el mencionado artículo 12 es contrario a la legislación nacional e internacional, así como a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional en materia de acceso a la información pública; derecho fundamental que fortalece la lucha contra la corrupción, la vigilancia ciudadana, así como el rol de los medios de comunicación.
Dicha norma, además, desconoce que en un Estado democrático y constitucional de Derecho rige el principio de máxima publicidad. Por ello, la restricción del acceso a la información pública solo se aplica de manera excepcional y luego de una evaluación caso por caso en la que se sustente por qué su divulgación pone en riesgo la seguridad nacional.
De otro lado, la demanda de la Defensoría del Pueblo también sustenta que el Poder Ejecutivo excedió los límites de la delegación de facultades que le fueron otorgadas por el Congreso de la República mediante la Ley N° 29915, en la que se autorizó la creación de la Secretaría de Seguridad y Defensa Nacional (Sedena) para fortalecer la constitución y funcionamiento del Sistema de Seguridad y Defensa Nacional, y no la modificación del régimen jurídico sobre el derecho fundamental de acceso a la información pública.
Con la demanda presentada al Tribunal Constitucional, la Defensoría del Pueblo no busca debilitar a las Fuerzas del Orden sino, por el contrario, fortalecerlas, pues en un Estado democrático la transparencia existe para garantizar una gestión eficiente de los recursos públicos y otorgarle a las entidades públicas y a sus servidores, legitimidad frente a la ciudadanía.
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JAIME ESPEJO ARCE