Los beneficios penitenciarios a los que se acogen los delincuentes para salir antes de prisión no son derechos de ellos y pueden ser eliminados por el Congreso, según reveló el vicepresidente del Tribunal Constitucional, Ernesto Álvarez Miranda.
Las declaraciones recogidas por Andina a continuación:
“De forma tal que quien roba una cartera, un auto hasta quien viola y mata, tenga una pena efectiva y real. Y, esto es lo que más incide en la seguridad ciudadana: el incumplimiento de la sanción de la pena”, expresó en entrevista al diario El Peruano.
Álvarez Miranda respaldó el fortalecimiento del régimen de trabajo físico para los delincuentes condenados a través de la figura del trabajo comunitario, “es decir que la persona redime su pena a cambio del trabajo organizado en colonias penales que se pueden realizar en la ceja de selva.”
El magistrado señaló, de otro lado, que el Tribunal Constitucional establece que toda reforma constitucional parcial o total de la Carta Magna debe pasar por el Poder Legislativo.
Recordó que el TC ha ido adecuando, vía interpretación, algunos aspectos en el régimen económico, al incorporar el principio de solidaridad e intrínsicamente el de la redistribución de las riquezas como principios bases de la economía social de mercado.
Señaló, en ese sentido, que la Carta Magna de 1993 sólo consideraba el principio de subsidiariedad.
“El gran debate es cómo hacer que la Constitución material alcance a todos los peruanos, en sus derechos y libertades, entonces, el debate va mucho más allá”, anotó.
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JAIME ESPEJO ARCE